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Renta 2024: cómo consultar desde hoy tus datos fiscales para la declaración

Bolsillo

En dos semanas arranca el plazo para presentar la declaración, que se extenderá hasta el 30 de junio

Agencia tributaria de la plaza Letamendi de Barcelona

Agencia tributaria de la plaza Letamendi de Barcelona

Ana Jiménez

A tan solo dos semanas para que arranque la nueva campaña de la renta, loscontribuyentes pueden consultar desde este miércoles sus datos fiscales correspondientes al ejercicio 2024 con el fin de revisar la información económica y patrimonial antes de presentar la declaración. Un trámite que podrán comenzar a realizar por internet a partir del 2 de abril.

La consulta de estos datos se podrá hacer a través de la aplicación o de . Para este trámite, se requiere certificado electrónico, cl@ve o el número de referencia del borrador, que se puede solicitar desde el pasado 12 de marzo. Con este número de referencia, el contribuyente podrá gestionar los servicios de esta campaña y de las anteriores. Si ya se contaba con este identificador en ocasiones anteriores, se deberá obtener uno nuevo.

Borrador de una declaración de la renta

Borrador de una declaración de la renta

Archivo

El número de referencia se obtiene introduciendo la casilla 505 de la declaración de la renta del 2023. Esta y otras gestiones se pueden realizar a través de la app de la Agencia Tributaria o en . Si es la primera vez que el contribuyente accede a sus datos fiscales del ejercicio 2024, tendrá que ratificar o modificar la información con la que cuenta la Agencia Tributaria. En todo caso, registrándose en el sistema de identificación Cl@ve se puede acceder a todas las gestiones de renta sin necesidad de obtener el número de referencia.

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Interior de las oficinas de la Administración de la Agencia Tributaria de Madrid-Guzmán el Bueno, a 25 de mayo de 2023, en Madrid (España). Los contribuyentes podrán empezar a solicitar desde hoy, 25 de mayo, su cita previa para la atención presencial de la declaración de la Renta correspondiente al año 2022, aunque será el día 1 de junio cuando la Agencia Tributaria comenzará a asistir a los ciudadanos en sus oficinas para la confección y presentación de los documentos. El plazo de presentación de declaraciones finalizará el 30 de junio y las solicitudes de cita previa, tanto para la atención telefónica como presencial, finalizará el 29 de junio. En total, la Agencia Tributaria prevé ingresar 16.448 millones de euros, un 5,6% más respecto al ejercicio anterior, mientras que el importe a devolver caerá un 2,4%, hasta los 9.946 millones.

La nueva campaña de renta y patrimonio, en la que se liquidará el IRPF del 2024, se extenderá hasta el 30 de junio. A partir del 6 de mayo será el plazo para hacer la presentación telefónica de la declaración. Y desde el 2 de junio hasta el 30 de ese mes, se podrá presentar la declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria. Estas son las fechas claves.

Preparación de la renta 2024

Un simulador para orientar al contribuyente sobre si la declaración saldrá a ingresar o devolver

Los datos de los que dispone la Agencia Tributaria sirven para elaborar el borrador de la declaración. Entre ellos constan por ejemplo los ingresos por trabajar por cuenta ajena, los intereses generados en cuentas bancarias (cuentas remuneradas, depósitos) o por el alquiler de inmuebles y parkings si está declarado. De esta manera, el contribuyente puede hacerse a la idea si le tocará a pagar o devolver en la declaración.

Pero hay que tener en cuenta que es posible que a las autoridades tributarias les falten algunos datos que habrá que añadir en la confección del trámite, sobre todo entre autónomos o pluriempleados. No implican necesariamente un pago extra de impuestos, de hecho pueden ayudar a reducir la factura fiscal gracias a reducciones o deducciones autonómicas.

Además de los datos fiscales, en la preparación de la declaración el contribuyente puede acceder alde la Agencia Tributaria,una herramienta en línea que permite a los contribuyentes estimar el resultado de su declaración del IRPF antes de presentarla oficialmente. No requiere identificación del contribuyente ni valida su NIF.

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