El juzgado de lo contencioso administrativo número 12 de Barcelona ha dado luz verde a la eutanasia de una joven parapléjica de 24 años y ha rechazado el recurso de su padre que quería paralizarla. En una sentencia dictada este lunes, el juzgado resuelve que Noelia tiene derecho a ser asistida para su muerte por cuanto padece un “sufrimiento grave, crónico e imposibilitante y una enfermedad grave e incurable”, requisitos para tener derecho a recibir la eutanasia. Además, la juez descarta que su padre tenga derecho a intervenir en el proceso. “Si bien no se duda del enorme afecto que el padre pueda sentir hacia su hija, este sentimiento no constituye razón suficiente para justificar su legitimación”, razona la magistrada. La sentencia no es firme y cabe la interposición de recurso ante la Audiencia Provincial de Barcelona. La Asociación Abogados Cristianos, que representa al padre, ya anunció que agotaría todas las vías legales, incluso llegarían ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, para impedir el suicidio asistido de la joven.
Noelia cursó su solicitud para recibir la eutanasia en abril de 2024 y, tras la validación de los expertos, la fecha señalada para su muerte era en agosto de 2024. Sin embargo, un recurso presentado de urgencia por su padre, a través de la asociación ultracatólica Abogados Cristianos, logró paralizarla hasta que se el juzgado aclarase si el progenitor podía intervenir en el proceso y si Noelia, dada su situación, tenía derecho a la muerte asistida. Tras el juicio que se celebró el pasado 3 de marzo, - el primero que se celebra en España en contra de una eutanasia que ya había sido autorizada - la juez concluye que Noelia tiene derecho a recibir la eutanasia destacando que todos los profesionales que evaluaron el caso “coinciden en afirmar que Noelia sufre un padecimiento grave, crónico e imposibilitante”, y advierte que no se ha presentado ninguna prueba, por parte de su padre, que demuestre lo contrario.
La joven sufrió una graves lesiones por las cuales quedó postrada en una silla de ruedas tras un intento de suicidio. El 4 de octubre de 2022 se arrojó al vacío desde un quinto piso. Durante el juicio confirmó su voluntad de someterse a la eutanasia. “Declaró que todos los días son horribles y dolorosos y que si bien tiene momentos buenos, los días se le hacen eternos y los dolores cada vez más insoportables”.
“Todos los días son horribles y dolorosos”, afirmó la joven en el juicio
Sus padres aseguran que su hija no padece una enfermedad grave que le origine un sufrimiento físico intolerable sino que padece un trastorno mental con ideas suicidas que le impide decidir sobre su vida y aportaron unos vídeos en los que se ve a la joven caminando con muletas y dando pasos con un caminador, con lo que aseguran que su situación no es irreversible. La Fiscalía, sin entrar en el fondo del asunto, consideró que el padre sí tenía derecho a intervenir en el proceso a pesar de que confirmó que el caso de Noelia encajaba en los supuestos que preveía la ley de eutanasia y, por tanto, se le debía conceder. El ministerio público esgrimió que la ley de eutanasia prevé que el médico responsable debe comunicar que existe una solicitud en curso al equipo asistencia, así como en el caso que así lo solicitara el paciente a familiares o allegados“. Y este fue el caso, la joven manifestó que su voluntad era que varias personas, entre ellas su padre, fueran informadas de su decisión. Además, manifestó ”que su relación con su padre era fluida que la visitaban sus familiares y ella quería verlos" y concretó que su padre la visitaba casi a diario al centro hospitalario donde está ingresada. Por esta razón, la Fiscalía defiende que su padre está legitimado para intervenir en el proceso aunque sus argumentos para paralizar la eutanasia, en este caso, no deban ser atendidos.
La juez descarta que el padre tenga derecho a impugnar la eutanasia mientras que la Fiscalía defiende que sí está legitimado
La juez, en la sentencia, destaca que ninguno de los 19 expertos que han evaluado el caso de Noelia piensan lo mismo que sus padres. En primer caso, señalaron que el trastorno mental de la joven no le impedía tomar una decisión ni le “afectaba su capacidad de raciocinio y voluntad”. Destacaron, además, que “ha prestado un consentimiento libre, sin injerencia o influencia determinante por su propia enfermedad mental”. A nivel físico, los doctores explicaron que el estado de la paciente “no ha mejorado ni puede mejorar en ningún caso, aunque podría empeorar por las complicaciones derivadas de su lesión”. “No tiene sensibilidad para ver cómo está su cuerpo, no tiene movilidad en los pies, aunque pueda caminar con muletas, al poder doblar las rodillas”. Otro elemento es el dolor insoportable que sufre. Un doctor explicó también en el juicio que Noelia recibe medicación para el dolor neuropático “por lo que hay que llegar a un equilibrio entre el dolor que se puede soportar y los efectos secundarios, administrándole la mediación para soportar los picos de dolor”.