La Audiencia Provincial de Madrid ha dado carpetazo a la investigación abierta contra el músico y productor Nacho Cano por las supuestas condiciones laborales en las que tenía a bailarines mexicanos en el musical Malinche.
Los magistrados entienden que Cano y el resto de investigados “no han tratado de introducir a los ciudadanos mexicanos de forma clandestina con una presunta entrada como turistas con la intención de permanecer en España con infracción de las normas de extranjería, sino siguiendo un procedimiento no poco común consistente en entrar como turista sin necesidad de visado y, una vez en nuestro país, solicitar el visado para estudiantes, práctica asumida por la normativa de la Unión Europea”.
El tribunal establece que “no se trata de falsear su entrada en España para una permanencia ilegal, pues el propósito era conseguir el permiso necesario que, si bien fue denegado, la razón no fue por dicha entrada. El procedimiento puede ser o no el adecuado –abundanlos magistrados- pero no llega a integrar la gravedad del tipo penal que castiga el tráfico ilegal de personas“”.
Cano, ex integrante del grupo musical Mecano, fue detenido el pasado 9 de juliopor la presunta comisión de delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y delitos contra los derechos de los trabajadores. Junto a él fueron investigadosla directora de operaciones del musical Roxana García así como a otras dos personas más.
Esta operación, desarrollada por la madrileña comisaría de Leganitos, se produjo a raíz de la denuncia de una de las trabajadoras mexicanas, que a si vez está siendo ahora investigada por si pretendió extorsionar al productor.
Un juzgado de Madrid inició una investigación, que ahora ha sido frenada por la Audiencia de Madrid y aunque queden diligencias por practicar.
En su resolución, los magistrados explican que el incumplimiento de la normativa administrativa sobre los visados no implica automáticamente la comisión de un delito.
Según estos jueces, para que haya un delito además de exceder en territorio nacional “”se debe dar una situación de especialvulnerabilidad en el sujeto pasivo -como acontece con frecuencia en los coloquialmentellamados 'inmigrantes sin papeles'”.
En este caso, consideran que no se ha tratado de introducir a los ciudadanos mexicanos deforma clandestina con una presunta entrada como turistas con la intención de permanecer enEspaña con infracción de las normas de extranjería. Lo que se ha hecho es seguir “un procedimiento no poco común consistente en entrar como turistas sin necesidad de visado y una vez en nuestro paíssolicitar el visado para estudiantes, siguiendo un procedimiento mas sencillo e incluso asumidopor la Directiva de la Unión Europea”.
Eran becarios
Sobre las diligencias de investigación que quedan por practicar, el tribunal explica que son “innecesarias” una vez analizado el informe de la subinspectora de Trabajo en el que se recoge conversaciones con profesores y personas becadas. Éstos manifestaron que encontraban matriculadas en la escuela internacional de artes escénicas Jana.
Aportaron documentación para justificar que se encuentran como becados para su formación académica y en este marco existían una colaboración con Malinche The Musical Spain.
Para los magistrados, este informe es suficiente para demostrar que no hubo explotación de becarios por parte de Cano y los demás investigados. Tampoco da credibilidad a que éstos estuvieran más horas de las acordadas en su contrato y explican que sólo trabajaban viernes y sábado. Respecto al hecho de trabajar otros días, la Sala lega que como becarios estas horas eran destinadas a mejorar su formación dentro de una enseñanza de prácticas.
Pone de ejemplo el de becarios en otros ámbitos, cuyas horas de trabajo en absoluto se pagan como un salario ajustado al propio de los trabajadores pero se trata de una formación para su futuro.