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La Sala de Apelación del Supremo niega la amnistía a Puigdemont

Ley del olvido

Tras la negativa del alto tribunal de aplicar la ley, el expresidente catalán tiene vía libre para presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional

La Sala de Apelación del Supremo niega la amnistía a Puigdemont
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La Sala de Apelación del Supremo niega la amnistía a Puigdemont

La Sala de Apelación del Tribunal Supremo ha confirmado la decisión del instructor de no aplicar la amnistía al expresidente catalán Carles Puigdemont. Esta resolución abre la vía al dirigente independentista para presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

La Sala de Apelación del Supremo niega la amnistía a Puigdemont

El expresidente catalán Carles Puigdemont en Europa

El tribunal ha desestimado los recursos interpuestos contra la decisión del instructor de Pablo Llarena de no aplicar la amnistia al considerar que el delito de malversación por el que está Puigdemont procesado no entra dentro de los parámetros de la amnistía.

El auto fue recurrido en apelación por la abogada del Estado, por la Fiscalía, por Vox y las defensas de Puigdemont y Antoni Comín. Todos los recursos han sido desestimados. En el auto, se explica que la decisión del instructor no contraviene la voluntad del legislador porque éste en el trámite parlamentario introdujo una modificación en la ley y dispuso la inaplicación de la amnistía al delito de malversación cuando se hubiere actuado con un “propósito de beneficio personal de carácter patrimonial”. Lo que dicen los magistrados es que están obligadosa interpretar esa excepción.

Para la Sala, el auto de Llarena no contraviene la literalidad de la ley de Amnistía. “Desde luego, el tenor literal de la ley no dice, como argumentan los recurrentes, que sólo puede entenderse como beneficio personal de carácter patrimonial el incremento tangible y directo del patrimonio del sujeto”, apunta la resolución.

Para la Sala, en el concepto de “beneficio personal de carácter patrimonial”, se debe incluir tanto el incremento de los activos patrimoniales como el no detrimento del pasivo. “Un sujeto se beneficia patrimonialmente cuando se incrementa su patrimonio pero también cuando su patrimonio no decrece porque sus obligaciones son asumidas ilícitamente por los fondos públicos”.

“En este caso los investigados se beneficiaron patrimonialmente en tanto que impulsaron personalmente el proyecto político ilegal (la convocatoria del referéndum del 1 de octubre de 2017) y endosaron los gastos a la administración autonómica, sin que esa iniciativa respondiera a la satisfacción de ningún interés público”, insisten.

Los magistrados defienden que la decisión de Llarena y, por extensión, de la Sala no son arbitrarias. Señala el auto que “la interpretación realizada en el auto impugnado no es extravagante, tiene sólido asidero en la interpretación de los términos literales de la norma conforme a criterios de normalidad lingüística“.

A su juicio, esta interpretación no es en modo alguna contraria a ningún valor o principio constitucional. ”El auto impugnado no hace una interpretación extensiva y en contra del reo del concepto 'beneficio personal de carácter patrimonial', utilizado por la ley de Amnistía“”.

El auto, además, considera improcedente plantear en relación con este delito una cuestión de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional y también descarta en este momento procesal plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Poco después de conocerse la noticia, el propio Puigdemont ha acusado en las redes sociales al Supremo de actuar en “rebeldía contra el poder legislativo” y ante “una ley que no les gusta”, lo que, a su juicio “les lleva a retorcer la interpretación del supuesto delito de malversación”. El expresidente de la Generalitat ha aprovechado para ironizar sobre“'la normalidad' que pregona el poder político (y mediático) de Catalunya”. “De hecho, iban juntos a las manifestaciones que querían conseguir esto que el Tribunal Supremo está haciendo”, ha espetado.

Por su parte, el secretario general de Junts per Catalunya, Jordi Turull, también reaccionó en X a la decisión del Supremo: “'La Toga Nostra' sigue imperturbable con su guion de persecución prevaricadora contra Puigdemont y el independentismo en general”. En este sentido, Turull defendió que nada les “parará en el compromiso activo con la independencia de Catalunya y la denuncia de estos justicieros”.

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