La jueza que investiga la gestión de la dana 2024 ha rechazado la petición de la acusación popular, ejercida por la asociación Liberum, para indagar por qué no se activó el Consejo de Seguridad Nacional, dependiente del Gobierno central. En un auto notificado este miércoles, la titular del Juzgado de Primera Instancia e Բٰܳó 3 de Catarroja deniega la solicitud de requerir información al Ejecutivo sobre este aspecto y critica la “manifiesta pasividad” del Gobierno autonómico en la gestión de la emergencia.
En el texto, la instructora señala que “el desplazamiento de responsabilidad al Gobierno Central por la no declaración de emergencia nacional, no es sino un reconocimiento explícito de la manifiesta pasividad de la Administración Autonómica, administración que no supo alertar, ni en tiempo ni acertadamente, a la población, con el resultado mortal conocido”.
La magistrada fundamenta su decisión en que analizar la convocatoria de este órgano “queda completamente fuera del procedimiento penal” en curso y “carece de nexo causal alguno con los fallecimientos y lesiones” ocurridos el 29 de octubre de 2024. Asimismo, señaló que “carece de competencia” para evaluar si el presidente del Gobierno debió convocar dicho consejo. El auto no es firme y puede ser recurrido en reforma o apelación.
La jueza responde en el auto a la posición de algunas acusaciones de que por parte del Gobierno central debió dictarse la situación de emergencia nacional. “Ni se declaró estatalmente, ni se propuso por la administración autonómica, de la que formaban parte los investigados, como consellera y secretario autonómico, la declaración de emergencia nacional. Existió consenso a nivel autonómico y central en que no procedía el día 29 de octubre, ni tampoco los días posteriores”. Además, añade que “dicha declaración de emergencia nacional no era precisa para alertar a la población y que se adoptaran medidas de autoprotección”.
Recuerda la instructora que el presidente de la Generalitat tenía competencias para declarar la situación de emergencia catastrófica y tampoco lo hizo, ni siquiera ante “la situación que se desencadenó a posteriori, cuando ya se había constatado un altísimo número de fallecidos, las poblaciones estaban devastadas, faltaban recursos esenciales como luz, agua, teléfono, las calles de alguna poblaciones acumulaban tal número de coches que las personas no podían circular por ellas, el barro lo inundaba todo, las carreteras estaban impracticables, puentes derribados, no había servicio de tren ni metro, se producían pillajes y los voluntarios suplían la tardanza en la ayuda”, recoge la magistrada.
Una vez aclarada su postura, la jueza hace referencia a las declaraciones de los investigados en el primer auto que dirige a las partes tras los testimonio de Pradas y Argüeso y afea que busquen desviar la responsabilidad con la “búsqueda reiterada de una normativa alternativa a la realmente aplicable” ante la “incapacidad en la toma de decisiones (se ha alegado falta de experiencia, falta de conocimiento de la situación y se delegó la responsabilidad en los técnicos entre otros elementos exculpatorios)”.
También les reprocha que “la reiteración en la atribución de responsabilidades a quien comparece como testigo”, en referencia a la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, “ni su sometimiento a una ordalía de preguntas propias de un investigado, pese a un previo pronunciamiento judicial expreso en contrario. Dicha actuación es absolutamente contraria a cualquier tipo de garantía procesal y a las reglas de la buena fe que han de regir la actuación de las partes en el proceso penal”, asegura.
Por otro lado, el juzgado ha decidido posponer las declaraciones como testigos de dos técnicos responsables del envío del mensaje de alerta, inicialmente previstas para el 29 de abril, que se realizarán los días 6 y 15 de mayo.
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