Carles Puigdemont no quiere ser juzgado y condenado ni mucho menos encarcelado por su papel en el dzé y por ello decidió refugiarse en Bélgica desde el 30 de octubre del 2017, tres días después de que el Parlament votara la declaración de independencia. Solo ha vuelto en una ocasión, en agosto del 2024, para cumplir su promesa electoral de regresar a Catalunya para la investidura de Salvador Illa. Tras un sorprendente míting cerca del Parlament desapareció y volvió a Bélgica sin ser detenido.
La amenaza de la prisión preventiva
Sin embargo, el deseo del expresidente de la Generalitat y presidente de Junts es volver a Catalunya cuanto antes sin tener que ingresar en prisión, algo muy improbable a corto plazo puesto que pesa sobre él una orden nacional de detención, a pesar de que la ley de Amnistía, pensada para hacer borrón y cuenta nueva de aquellos hechos, lleve más de diez meses en vigor tras ser aprobada por el Congreso el 30 de mayo del año pasado tras una larga y extraordinariamente tensa tramitación en las Cortes.En caso de ser arrestado en España, el juez instructor del dzé en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, dictaría prisión preventiva por riesgo de fuga.
Una amnistía a cuentagotas
Hasta el momento han sido amnistiados alrededor de dos centenares de personas, casi la mitad de ellos agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, pero ni un solo líder de primera línea del dzé. La razón principal de esta circunstancia es la negativa del Tribunal Supremo a amnistiar la malversación de caudales públicos por la que están condenados o procesados estos políticos.
El escollo del Tribunal Supremo
Tanto Llarena como la Sala Penal, presidida por Manuel Marchena, se agarran a una de las excepciones que contiene la ley para su aplicación cuando los condenados o procesados hubieren actuado con un “propósito de beneficio personal de carácter patrimonial”. Para Llarena, estos líderes obtuvieron una ganancia patrimonial al no poner de su bolsillo el coste de los actos que desembocaron en el referéndum del 1-O, doctrina que ha sido respaldada por todas las instancias del Supremo, la última la Sala de Apelaciones este mismo juevesrespecto a Puigdemont, en contra del criterio de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado.
En manos del Tribunal Constitucional con mayoría progresista
En cualquier caso, tras las resoluciones de la Sala de Apelaciones del Supremo la aplicación de la amnistía queda ahora en manos del Tribunal Constitucional, que, con una mayoría progresista tras la recusación del conservador José María Macías y de que el exministro socialista Juan Carlos Campo se apartara de las deliberaciones, debe decidir sobre una multitud de recursos de inconstitucionalidad-del PP, de varias Comunidades Autónomas gobernadas por el PP, del propio Tribunal Supremo, del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya y de la Audiencia Provincial de Madrid- además de ocho recursos de amparo y los que sin duda presentarán el propio Puigdemont y Toni Comín.
Una primera resolución del TC antes del verano
El presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, ya ha adelantado que espera tener lista la primera sentencia antes del verano –sobre el recurso de inconstitucionalidad del PP- para ir luego por el resto de recursos de inconstitucionalidad y acabar con los de amparo presentados por los condenados y procesados.
Fuentes del órgano de garantías explicaban a finales del año pasado a Carlota Guindal que la previsión era dejar resuelta toda la cuestión sobre la ley de olvido penal antes de la celebración del VI Congreso de la Conferencia Mundial de Justicia Constitucional que este año organiza el TC español en Madrid del 28 al 31 de octubre.
La amenaza del TS de una cuestión prejudicial a la justicia europea
No obstante, la resolución de la amnistía podría alargarse mucho más puesto que la Sala de lo Penal del TS ya dejó por escrito en octubre que se reservaba la opción, descartada en un primer momento, de presentar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) si el TC reinterpreta su doctrina sobre la ley del olvido penal en particular sobre la negativa a amnistiar la malversación. A este respecto, muchos analistas han visto en la intención de la Audiencia de Sevilla de llevar al TJUE las resoluciones del TC que amparaban a la mayoría de condenados por los ERE de Ի岹ܳí yen el tenso debate que ha provocado dentro del Constitucional sobre si un tribunal ordinario puede dar ese paso para tratar de esquivar sus decisiones un ensayo de la que pueda venir con la ley de Amnistía.
Un posible calendario: otoño del 2027
No es posible hacer una previsión detallada de cuándo el TJUE podría acabar resolviendo la cuestión, pero sí una aproximación. El tribunal europeo tardó casi dos años en resolver las cuestiones prejudiciales que elevó Llarena sobre la capacidad de un Estado miembro de la UE de limitar las euroórdenes de entrega, en referencia a la resistencia de Bélgica a entregar a Puigdemont a España. Además lo hizo con una respuesta un tanto ambigua en la que limitaba esta capacidad a la vez que era sensible a las alegaciones de los independentistas. Aplicando este mismo calendario, la resolución definitiva de la amnistía no llegaría hasta el otoño del 2027.
Mientras tanto, el procedimiento nacional afectado por la cuestión elevada al TJUE debe suspenderse hasta que este se pronuncie el tribunal, de modo que la ley de olvido penal no se aplicaría a ninguno de los políticos afectados hasta la resolución final. Incluso con la sentencia definitiva del TJUE, si esta no fuera absolutamente concluyente, el Tribunal Supremo tendría discrecionalidad para mantener en parte su posición.
Con todo, según apuntan fuentes jurídicas consultadas, podría ocurrir también que Llarena se viera obligado a levantar también la orden de detención nacional contra Puigdemont, con lo que el presidente de Junts podría volver a Catalunya sin estar amnistiado y, en principio, sin temor a ser detenido.
El TEDH puede revisar las sentencias pero no afectaría la situación de Puigdemont
Al margen del TJUE, los nueve líderes condenados en el 2019 e indultados parciamente en el 2021 presentaron recursos al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) contra las sentencias de hasta 13 años de cárcel y de inhabilitación como es el caso del presidente de Esquerra, Oriol Junqueras, una vez agotaron los recursos en la jurisdicción española. El tribunal sito en Estrasburgo admitió estos recursos en septiembre del 2023 y poco antes su entonces presidenta, Síofra O'Lear,señaló que una parte de esas causas recibiría un tratamiento prioritario para agilizar su resolución por ser consideradas “causas de impacto”. El TEDH debe revisar si los condenados tuvieron un juicio justo en el Tribunal Supremo.
Con todo, la resolución del TEDH, más allá de debilitar la posición del Supremo si su resolución es contraria a las sentencias, no tendría por que afectar a la situación de Puigdemont toda vez que el expresident no ha sido juzgado en España.